Senado aprueba Ley de Revocación de Mandato

  • Tras varias horas de negociaciones, fue aprobada la ley con 101 votos a favor y dos en contra; pasa a la Cámara de Diputados para su análisis.

El pleno del Senado de la República aprobó la Ley Federal de Revocación de Mandato, con modificación en la pregunta que se usará en la consulta en donde la ciudadanía decidirá si el presidente de la República continúa o no en el cargo.

Tras varias horas de negociaciones, la madrugada de este viernes fue aprobada con 101 votos a favor y dos en contra de los senadores Gustavo Madero Muñoz, del PAN, y Emilio Álvarez Icaza Longoria.

Tras llegar a un consenso entre Morena y la oposición, se aprobó la siguiente pregunta para la consulta de revocación de mandato, que se realizará en marzo de 2022:

“¿Estás de acuerdo en que (nombre), presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o que siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.

La iniciativa de Ley de Revocación de Mandato pasará a la Cámara de Diputados para su análisis y probable aprobación.

Durante la discusión, Morena anunció que retiraba la reserva al Artículo 33 para evitar se judicialice el ordenamiento y dar motivos para que de nueva cuenta impere la confrontación y la polarización.

“En el grupo de Morena, PT, PES y Verde hemos analizado con toda seriedad está disposición y esta reserva, y en ánimo de seguir construyendo consensos, de ver hacia adelante, expresar nuestra buena fe en la construcción de los acuerdos, vamos a retirar la propuesta de reserva del Artículo 33.  No queremos que se judicialice”, dijo.

 

Conforme a lo aprobado, el INE tendrá a su cargo la organización, desarrollo y cómputo de la votación, incluyendo los consejos y juntas ejecutivas locales y distritales que correspondan.

Dicho ejercicio democrático podrá solicitarse por una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional de quien ostente la titularidad del Ejecutivo Federal.

Al Consejo General del Instituto le corresponderá realizar el cómputo total y hacer la declaratoria de resultados, con base en los resultados consignados en las actas de cómputo distritales, así como dar a conocer los resultados correspondientes y remitir inmediatamente toda la documentación al Tribunal Electoral.

Cuando la declaratoria de validez, que emita el Tribunal Electoral, indique que la participación total de la ciudadanía fue, al menos, del 40% de las personas inscritas en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para el titular de la Presidencia de la República.