Revés de SCJN al decreto para definir como patrimonio cultural inmaterial a corridas de toros y peleas de gallos
La Suprema Corte de Justicia de la Nación decretó que el Gobierno de Nayarit carece de competencia para declarar a la “fiesta taurina” y a las “peleas de gallos” como patrimonio cultural inmaterial, por lo que otorgó un amparo contra el Decreto del Gobierno del Estado.
Fue el 14 de diciembre de 2018 cuando el entonces gobernador de Nayarit, Antonio Echavarría García, presentó ante el Congreso del Estado la iniciativa con proyecto de decreto que tenía por ,objeto declarar a la “Charrería, el Jaripeo Regional y Estatal, el Adiestramiento de Caballos Bailadores, las Carreras de Caballos, la Fiesta Taurina y las Peleas de Gallos, como Patrimonio Cultural Inmaterial de la Entidad, así como instituir el 14 de septiembre de cada año como el Día del Charro en el estado de Nayarit”.
El 9 de mayo de 2019, el Congreso del Estado de Nayarit aprobó por mayoría el proyecto de Decreto.
Sin embargo, este 15 de junio, la Segunda Sala de la Suprema COrte de Justicia de la Nación otorgó el amparo contra ese decreto y precisó que la facultad para emitir este tipo de declaratorias sobre patrimonio cultural corresponde, a la Federación y no a los Estados, conforme a la interpretación de la Constitución Federal de declarar a la “fiesta taurina” y a las “peleas de gallos” como patrimonio cultural inmaterial.
Asimismo, se destaca que la Sala no resolvió sobre si deben o no ser prohibidas legalmente estas actividades, ya que no fue planteado en el juicio de amparo. solamente que el Gobierno de Nayarit carece de competencia para declarar a estas actividades como patrimonio cultural inmaterial.