Puerto Vallarta

Confirman actos de tortura por elementos de Seguridad Pública

La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco emitió esta Recomendación, derivada de la queja 2809/2023/III, en la que acreditó violaciones de los derechos a la legalidad y seguridad jurídica, a la integridad y seguridad personal por actos de tortura, a la libertad personal por detención arbitraria, así como al trato digno, atribuibles a personal operativo de la Comisaría de Seguridad Pública de Puerto Vallarta.

La Recomendación se sustenta en hechos ocurridos el 19 de noviembre de 2023, cuando la víctima fue interceptada por elementos policiales mientras transitaba por la vía pública, sin que existiera causa objetiva que justificara su detención. De acuerdo con su declaración, y con los elementos de convicción recabados, fue sometida, privada de su libertad y trasladada a un punto distinto, donde fue agredida físicamente en repetidas ocasiones. Posteriormente fue liberada bajo amenazas.

Las lesiones derivadas de estos hechos fueron de tal gravedad que requirieron atención médica urgente y hospitalización, lo que dotó de sustento objetivo a los señalamientos formulados.

Durante la investigación, este organismo acreditó la existencia de elementos consistentes y convergentes que evidencian violaciones a derechos humanos. Destacan los dictámenes médicos y psicológicos especializados conforme al Protocolo de Estambul, que confirmaron la correspondencia entre las lesiones y actos de tortura, así como la consistencia del relato de la víctima con los hallazgos clínicos. A ello se sumaron contradicciones en los informes rendidos por policías que intervinieron, inconsistencias con los registros oficiales y la acreditación de su presencia en el lugar y momento de los hechos.

Por lo anterior, se emiten las siguientes Recomendaciones:

Al Gobierno Municipal de Puerto Vallarta

En coordinación con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas Jalisco, se realicen las acciones necesarias para inscribir a la víctima en el Registro Estatal de Víctimas, y se le otorgue la atención y reparación integral del daño que conforme a sus facultades procedan.

Se proporcione a la víctima directa, de manera gratuita, continua y accesible, atención médica y psicológica especializada durante el tiempo que resulte necesario, conforme a su condición clínica, edad y necesidades específicas. Ello incluye la provisión de medicamentos, estudios, terapias y dispositivos médicos requeridos, sin restricción alguna.

Como medida de no repetición y como medida de prevención, implemente un programa permanente de capacitación obligatoria dirigido a la totalidad del personal operativo de la Dirección de Seguridad Pública, impartido por personas expertas y certificadas.

Concluya el procedimiento de responsabilidad administrativa instaurado en la Unidad de Asuntos Internos en contra de los elementos de policía involucrados, en el que se valoren las pruebas y evidencias contenidas en la presente Recomendación.

Ordene agregar una copia íntegra de la presente Recomendación a los expedientes laborales de los servidores públicos implicados.

Que todas las áreas competentes del ayuntamiento colaboren proporcionando toda la información necesaria para resolver conforme a derecho la carpeta de investigación que se integra por el caso.