Ley 3 de 3 contra la violencia entra en vigor

  • A partir de este martes, cualquier persona violentadora de mujeres o deudora alimentaria no podrá ocupar algún cargo público o de elección popular.

Con la entrada en vigor de las reformas a los artículos 38 y 102 de la Constitución Mexicana, que dieron vida a la llamada «Ley 3 de 3 contra la violencia«, se establece la suspensión de los derechos para trabajar en el Gobierno o buscar un puesto popular de aquellas personas que tengan sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales.

Así como violaciones al normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, familiar equiparada o doméstica y violación a la intimidad sexual y por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, también por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.

Estas modificaciones, que fueron avaladas por unanimidad en el Congreso de la Unión, se suma a lo ya establecido en la constitución en su Artículo 38, que indica que las personas que por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal; y aquellas que pioor sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión, no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para algún empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Fuente: El Economista