Instala SISEMH Unidad de Seguimiento para erradicar el hostigamiento y acoso sexual laboral
- La Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres (SISEMH) instaló la Unidad de Seguimiento de Casos de Hostigamiento y Acoso Sexual Laboral a fin de prevenir, atender, sancionar y erradicar estos actos en la administración pública.
«Su objetivo principal es garantizar que cada servidor o servidora pública pueda desempeñar su labor en un ambiente libre de violencia sexual, promoviendo el respeto y la dignidad de todas las personas independientemente de su género», dijo Fabiola Loya Hernández, Titular de SISEMH.
Esta Unidad de Seguimiento forma parte del Protocolo para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar los Casos de Acoso y Hostigamiento Sexual en la Administración Pública del Estado de Jalisco —también conocido como Protocolo Cero—, que entró en vigor el 11 de junio de 2019.
En la sesión la Secretaria explicó el papel que jugará la dependencia a su cargo en el marco de los trabajos de la Unidad de Seguimiento y de la implementación del Protocolo Cero.
«Nos comprometemos a diseñar políticas que integren la perspectiva de género en todas las fases del proceso. Esto incluye la capacitación y sensibilización del personal sobre temas de hostigamiento y acoso sexual, así como la realización de campañas de concientización institucional que fomenten una cultura de respeto y equidad», explicó.
Las cinco personas que integran la Unidad de Seguimiento de los Casos de Hostigamiento y Acoso Sexual Laboral forman parte de SISEMH.
Se trata de María Esther de la Garza Guerrero, Directora de Prevención de las Violencias; María Rosas Palacios, Directora de Cooperación y Gestión; Jael Chamu Ponce, Directora de Transversalización e Institucionalización de la Perspectiva de Género; Alejandra Yuridia Morales Sandoval, Directora Jurídica; y Paulina Vera García, Directora de Acceso de las Mujeres a la Justicia.
Por unanimidad Vera García fue designada como Secretaria Técnica de la Unidad de Seguimiento, y tendrá bajo su responsabilidad las convocatorias a las sesiones, envío de documentos de trabajo a las integrantes de la Unidad de Seguimiento, entre otras labores.
De acuerdo con la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco, las sanciones que se aplicarán a las personas que incurran en actos de hostigamiento y/o acoso sexual laboral pueden ir de una amonestación pública o privada a la inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, así como participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
Para denunciar un acto de hostigamiento o acoso sexual laboral, la ruta inicia con la presentación de la queja ante el Comité de Ética a efecto de obtener asesoría.
Si a partir de la asesoría brindada por el Comité de Ética la presunta víctima decide denunciar, el Comité la asesora en la narración de los hechos para la elaboración de la denuncia escrita.
Después se le da vista a la Unidad de Seguimiento para asegurar la perspectiva de género en la denuncia escrita, y el Comité de Ética remite la denuncia al Órgano Interno de Control (OIC).
El Comité, con asesoría de la Unidad de Seguimiento, podrá solicitar al OIC que emita las medidas preventivas, cautelares y/o de reeducación conducentes.
La persona titular de la dependencia o entidad de que se trate, deberá aplicar las medidas preventivas, cautelares y/o de reeducación que emita la autoridad competente.
En caso de que el OIC determine que la persona denunciada cometió los actos que se le señalan, además de hacerse acreedor a las sanciones aplicables, deberá dar vista a la Secretaría para su vinculación a las medidas de reeducación que estime procedentes.