Si haces una petición a las autoridades vía Twitter, te deben responder: Suprema Corte
- Las autoridades están obligadas a responderles, nada de que se hacen pato o sacan la clásica de que toda respuesta debe ser por vía “institucional”. Al menos esto fue lo que resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Sí, y es que todo fue a partir de la queja que puso un ciudadano, quien envió un tuitazo o tres peticiones a la cuenta oficial del municipio de Guadalajara (en Twitter) para pedir info sobre el gasto público local.
Pero pues la cuenta twitter de nunca le respondió y esto provocó que el ciudadano pusiera un amparo para recibir una respuesta… aunque el proceso no fue fácil, pero al final llegó a manos de la Primera Sala de la Suprema Corte.
El uso oficial de la plataforma “Twitter” por parte de una autoridad que más allá de un fin informativo haya implicado la captación y atención de peticiones ciudadanas, obliga a dicha autoridad a responder las peticiones que posteriormente reciba por esa vía: #PrimeraSala
— Suprema Corte (@SCJN) February 2, 2023
El ministro Mario Pardo Rebolledo presentó este caso en un proyecto al que le terminaron dando la razón al ciudadano y que refuerza el derecho de petición de la ciudadanía ante las autoridades y vía Twitter.
Sólo que para que esto pueda aplicar, se deben cumplir un par de requisitos que no son tan difíciles. Ahí van:
Que la cuenta a la que escriban sea la oficial. Que esta cuenta interactúe con la ciudadanía y que más allá de comentarios u observaciones, la ciudadanía haga peticiones a las autoridades. No más, no menos —y con base en el artículo 8 de la Constitución Mexicana referente al derecho de petición.